Está tipificado en ley, pero no se puede perseguir o penalizar porque hace referencia a algo que en derecho internacional no está demostrada su existencia, la ley recoge una pena de cuatro a seis meses por mofa o escarnio hacia una religión, pero a su vez exige el mismo respeto hacia los no creyentes.
Por lo tanto es complicado ajustarlo a ley, en un país en el que la libertad de expresión también es un derecho fundamental.
En cuanto al piropo recoge un acto subjetivo hacia una persona física y la ley lo contempla como algo vejatorio.
Espero haber aclarado algo...
Y el porqué mi libertad aprisionada ha de verse, donde el ladrón es la cárcel y su juez el delincuente.
jueves, 29 de enero de 2015
Piropo y blasfemia
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